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PREGUNTAS FRECUENTES

APRENDE SOBRE EL FUEGO Y EL USO DE EXTINTORES

Fuego

Es la oxidación rápida de los materiales combustibles con desprendimiento de luz y calor. Este fenómeno consiste en una reacción química de transferencia electrónica, con una alta velocidad.

  • Fuego clase A: Es aquel que se presenta en material combustible sólido, generalmente de naturaleza orgánica, y que su combustión se realiza normalmente con formación de brasas.
  • Fuego clase B: Es aquel que se presenta en líquidos combustibles e inflamables y gases inflamables.
  • Fuego clase C: Es aquel que involucra aparatos, equipos e instalaciones eléctricas energizadas.
  • Fuego clase D: Es aquel en el que intervienen metales combustibles, tales como el magnesio, titanio, circonio, sodio, litio y potasio.
  • Fuego clase K: Es aquel que se presenta básicamente en instalaciones de cocina, que involucra sustancias combustibles, tales como aceites y grasas vegetales o animales. Los fuegos clase K ocurren en los depósitos de grasa semipolimerizada, y su comportamiento es distinto a otros combustibles.

El extintor es un aparato que contiene un agente extinguidor (producto cuya acción provoca la extinción) en su interior, que puede ser proyectado o dirigido sobre un incendio por acción de una presión interna, con el fin de apagar el fuego en su fase inicial, el tipo de extintor se elige de acuerdo al tipo de fuego.

Tabla I

Clase de Fuego y Agente Extintor Aplicable. Publicado en el Diario Oficial de la Federación de 25 de enero de 1988.

* El uso de los agentes limpios a base de gases halón, se ha venido restringiendo gradualmente hasta que llegue a eliminarse por completo, en cumplimiento a lo dispuesto por el Protocolo de Montreal1, debido a que son compuestos que dañan la capa de ozono de la atmósfera.

Tabla II

Características de los Extintores de Polvo Químico Seco. Extintores a base de polvo químico seco, capacidad nominal de los extintores de polvo químico seco, de su alcance y tiempos de descarga.

* Los extintores de más de 20 kg deben ser móviles (sobre ruedas).

Del patrón o responsable de la propiedad.

El control periódico, mantenimiento y\o recarga de los extintores además de ser una cuestión de seguridad y prevención es un requerimiento legal que rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo según la NOM-002-STPS -2010, quienes así no lo hagan serán expuestos a posibles sanciones y multas.

En el punto 7.18 de la NOM -002-STPS-2010 DICE : Proporcionar mantenimiento a los extintores como resultado de las revisiones mensuales . Dicho mantenimiento deberá estar garantizado conforme a lo establecido en la NOM-154-SCFI-2005 o las que lo sustituyan y habrá de proporcionarse al menos una vez por año. Cuando los extintores se sometan a mantenimiento deberán ser remplazados en su misma ubicación por otros cuando menos del mismo tipo y capacidad.

En el punto 7.19 de la NOM-002-STPS -2010 DICE: Proporcionar la recarga a los extintores después de su uso y en sus caso como resultado del mantenimiento la cual deberá estar garantizada de acuerdo con los establecido en la NOM-154-SCFI-2005 o las que la sustituyan.

En la NOM-002-STPS-2010 en el apartado 7.2 dice elaborar un programa anual de revisión mensual de extintores vigilando los siguientes puntos: Ubicación aduecuada. Señalización.

 

  • Que los equipos cuenten con el sello de garantía.
  • Que la aguja del manómetro indique en verde. (Operable)
  • Verificar las ruedas en los extintores móviles.
  • Que no cuenten con daños físicos los equipos.
  • Que la etiqueta, placa se encuentre legible y sin alteraciones.
  • Que la etiqueta cuente con la información vigente después de cada mantenimiento.
(Nombre, denominación o razón social así como su domicilio y teléfono del prestador del servicio)
  • Capacidad nominal en kg o litros y el nombre del agente extintor.
  • Las instrucciones de operación apoyada mediante figuras o símbolos.
  • La clase de fuego que está destinado el equipo.
  • Contra indicaciones de uso.
  • El mes y año del último servicio.
  • La contraseña oficial de la NOM-154-SCFI-2005.
  • Que los equipos que indica la norma oficial que lleven collarín lo incluyan. Lo extintores de polvo químico seco no aplica para equipo nuevo.
  • Este registro de debe contar con el nombre de la persona que realizo el servicio.
  • Anomalias detectadas y el seguimiento de las mismas.